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Para no residentes con una vivienda en España

Tu Modelo 210, presentado a tiempo y sin preocupaciones.

  • ¿No la alquilas nunca? Aun así, tienes que presentarlo cada año.
  • Copropietarios incluidos: una declaración para cada uno.
  • 100 % online, vivas donde vivas.
  • ¿Se te pasó algún año? Regularizamos las declaraciones atrasadas.

Las declaraciones del ejercicio 2025 por viviendas no alquiladas se presentan hasta el 31 de diciembre de 2026. Las de 2026, solo a partir del 1 de abril de 2027.

El Modelo 210, en pocas palabras

¿Tienes una vivienda en España? Entonces te toca el Modelo 210.

El Modelo 210 es la declaración del impuesto sobre la renta de no residentes. España exige presentarlo a todos los propietarios que viven en el extranjero, aunque la vivienda no se alquile nunca: en ese caso, el impuesto se calcula sobre una renta imputada, a partir del valor catastral del inmueble.

Si alquilas o vendes la vivienda, hay otras declaraciones que presentar. Una declaración presentada fuera de plazo, o no presentada, acarrea recargos e intereses de demora. Nos aseguramos de que eso no te pase nunca.

Cómo funciona

  1. 1. Háblanos de tu vivienda

    Responde a unas preguntas online: quiénes son los propietarios, en qué porcentaje y si la vivienda se ha alquilado.

  2. 2. Envía tus documentos

    Tu NIE y el último recibo del IBI (el impuesto municipal sobre inmuebles), donde figura el valor catastral. Si la alquilas, añade los ingresos y los gastos del alquiler.

  3. 3. Revisa las cifras

    Calculamos el impuesto de cada propietario y te enviamos un resumen. No presentamos nada sin tu visto bueno.

  4. 4. Presentado y listo

    Presentamos tu Modelo 210 ante la Agencia Tributaria y te enviamos la declaración presentada y el justificante de pago.

Pero ¿qué es exactamente el Modelo 210?

El Modelo 210 es la declaración del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). Deben presentarlo todos los propietarios de una vivienda en España que no son residentes fiscales en el país, por la renta que obtienen de ella o la que se les imputa.

Eres residente fiscal en España si pasas más de 183 días al año en territorio español o si en España está el núcleo principal de tus actividades o intereses económicos. Si no, eres no residente, y tu vivienda en España tributa a través del Modelo 210.

¿Cómo se calcula el impuesto de una vivienda no alquilada?

España grava una renta imputada: el 1,1 % del valor catastral si el municipio ha tenido una revisión catastral con efectos desde 2012, o el 2 % en caso contrario (normativa del ejercicio 2025). Cada propietario declara la parte que le corresponde, que tributa al 19 % si reside en la UE o el EEE, y al 24 % si reside en cualquier otro país, incluido el Reino Unido.

Dónde va cada cifra en el formulario: instrucciones modelo 210 casilla a casilla.

Ejemplo
Un chalet de una pareja residente en la UE, al 50 % cada uno
Valor catastral
120.000 €
Renta imputada (1,1 %)
1320,00 €
Parte de cada propietario (50 %)
660,00 €
Cuota por propietario (19 %)
125,40 €

Ejemplo simplificado: en tu caso, comprobamos el tipo y los valores que corresponden a tu vivienda.

Pruébalo con tus datos

¿Cuál es tu situación?

El Modelo 210 depende de lo que pasó con tu vivienda durante el año. Nos ocupamos de los tres casos.

Segunda residencia

No alquilada

La usas tú o está vacía. Aun así, declaras una renta imputada, calculada a partir del valor catastral: una declaración por propietario y año.

Ingresos por alquiler

Alquilada

Alquiler vacacional o de larga duración: los ingresos del alquiler se declaran a Hacienda. Si resides en la UE o el EEE, puedes deducir los gastos.

Ganancia patrimonial

Vendida

El comprador retiene el 3 % del precio y lo ingresa en Hacienda. Con el Modelo 210 declaras la ganancia patrimonial y, si esa retención supera el impuesto que te corresponde, Hacienda te devuelve la diferencia.

Antes de empezar

Los documentos que necesitas

La mayoría de los propietarios ya lo tiene todo en casa. Esta es la lista.

  • El NIE de cada propietario

    El número de identidad de extranjero, con una copia del pasaporte o del documento de identidad. Si tienes nacionalidad española, basta con tu DNI.

  • El recibo del IBI

    El recibo anual del impuesto sobre bienes inmuebles, que cobra el ayuntamiento. En él figuran el valor catastral y la referencia catastral de la vivienda.

  • La escritura

    La escritura de propiedad, donde consta quiénes son los titulares de la vivienda y en qué porcentaje.

  • Ingresos y gastos del alquiler

    Solo si alquilas la vivienda: los ingresos cobrados y, si resides en la UE o el EEE, los gastos deducibles.

  • Las escrituras de compra y de venta

    Solo si la has vendido: el precio de venta, el de compra y la retención del 3 % que practicó el comprador.

  • ¿No sabes qué se aplica a tu caso?

    Responde a unas preguntas y te diremos exactamente qué documentos necesitamos.

NovedadOrden HAC/623/2026

Los plazos del Modelo 210 cambian en 2027

Una nueva orden ministerial cambia el calendario de presentación del Modelo 210, tanto para las viviendas alquiladas como para las que no lo están.

Las declaraciones del ejercicio 2025 por viviendas no alquiladas todavía se presentan hasta el 31 de diciembre de 2026.

Desde el ejercicio 2026, esas declaraciones solo se pueden presentar a partir del 1 de abril de 2027, y no en enero.

Nosotros estamos pendientes del nuevo calendario y te avisamos cuando te toque.

Todas las fechas, caso por caso: nuestra guía sobre el plazo del Modelo 210.

Presentar mi Modelo 210

Tranquilidad, cada año

Declarar tus impuestos en España desde el extranjero no debería costarte ni un fin de semana ni un viaje.

Precios claros, IVA incluido

Un precio por vivienda, hasta 2 propietarios. El impuesto en sí se paga a la Agencia Tributaria: no forma parte de nuestro precio.

Segunda residencia

No alquilada

Para propietarios que usan la vivienda ellos mismos o la dejan vacía.

122 €al año

Suscripción anual, cancelable en cualquier momento. IVA incluido.

  • El Modelo 210 por la propiedad de la vivienda, preparado y presentado ante la Agencia Tributaria
  • Das el visto bueno a las cifras antes de presentar nada
  • 100 % online, en tu idioma
  • Un recordatorio cada año, antes de la siguiente declaración
Ingresos por alquiler

Alquilada

Para propietarios que alquilan toda la vivienda o parte de ella.

374 €al año

Suscripción anual, cancelable en cualquier momento. IVA incluido.

  • El Modelo 210 por la propiedad de la vivienda, preparado y presentado ante la Agencia Tributaria
  • El Modelo 210 de los ingresos del alquiler, preparado y presentado ante la Agencia Tributaria
  • Das el visto bueno a las cifras antes de presentar nada
  • 100 % online, en tu idioma
  • Un recordatorio cada año, antes de la siguiente declaración
Ganancia patrimonial

Vendida

Para propietarios que han vendido la vivienda durante el año.

299 €pago único

IVA incluido.

  • El Modelo 210 de la venta, preparado y presentado ante la Agencia Tributaria
  • Das el visto bueno a las cifras antes de presentar nada
  • 100 % online, en tu idioma

Hasta 2 propietarios por vivienda. Cada propietario adicional: 54 €.

¿Se te pasó un año? Te damos el precio de los ejercicios atrasados al responderte.

Pago seguro con Stripe

  • Visa
  • Mastercard
  • American Express
  • Apple Pay
  • Google Pay
  • PayPal
  • Klarna
  • iDEAL
  • Bancontact

Preguntas frecuentes sobre el Modelo 210

¿No encuentras la respuesta que buscas? Escríbenos y te contestaremos.

Escríbenos
  • ¿Tengo que presentar el Modelo 210 si nunca alquilo mi vivienda?

    Sí. Los propietarios no residentes tributan por una renta imputada de su vivienda en España, aunque solo la usen ellos o esté vacía. Se calcula a partir del valor catastral que figura en el recibo del IBI.

  • Mi pareja y yo somos copropietarios de la vivienda. ¿Basta con una declaración?

    No: cada copropietario presenta su propio Modelo 210, por la parte del inmueble que le corresponde. Nosotros preparamos y presentamos a la vez las declaraciones de todos los copropietarios.

  • ¿Qué necesitáis de mí?

    Tu NIE, el último recibo del IBI de la vivienda y tu porcentaje de titularidad. Si la alquilas, también los ingresos del alquiler y los gastos asociados.

  • No he presentado la declaración de años anteriores. ¿Qué hago?

    Las declaraciones pendientes todavía se pueden presentar fuera de plazo. Se aplican recargos e intereses de demora que aumentan con el tiempo, así que cuanto antes, mejor. Podemos regularizar por ti los ejercicios atrasados.

  • ¿CasitaTax forma parte de Hacienda?

    No. CasitaTax es un servicio privado, sin vinculación con la Agencia Tributaria. Preparamos tu declaración y la presentamos en tu nombre. Presentar el Modelo 210 es gratuito y puedes hacerlo por tu cuenta en la sede de la Agencia Tributaria: nuestro precio cubre el servicio de prepararlo y presentarlo por ti.

  • ¿Soy no residente a efectos fiscales en España?

    Por lo general sí, si pasas menos de 183 días al año en España y tus principales intereses económicos están en otro país. Si pasas allí más de 183 días, te conviertes en residente fiscal en España: el Modelo 210 deja de aplicarse y la vivienda pasa a tu declaración de la renta (IRPF).

  • Vivo en el Reino Unido. ¿Cambia algo con el Brexit?

    Sí: desde el Brexit, los residentes en el Reino Unido tributan al 24 % en lugar del 19 % y ya no pueden deducir gastos de los ingresos del alquiler.

  • ¿Qué pasa si no presento el Modelo 210?

    Hacienda puede reclamarte el impuesto con recargos, intereses de demora y, en algunos casos, una sanción. Presentarlo fuera de plazo por tu cuenta, antes de recibir ningún requerimiento, sale más barato que esperar a que te escriba la Agencia Tributaria.

Todas las situaciones100 % online

Tu Modelo 210, en buenas manos

Esto es todo lo que hacemos por ti:

  • Revisamos tu situación y te decimos qué documentos necesitamos.
  • Calculamos el impuesto de cada propietario.
  • Tú das el visto bueno a las cifras antes de que presentemos nada.
  • Presentamos tu declaración ante la Agencia Tributaria.
  • Recibes la declaración presentada y el justificante de pago.
  • Te avisamos cuando toque presentar la declaración del año siguiente.

Déjanos tus datos y te contactamos para empezar.

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